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IUSI para los Gobiernos Locales

"Un tributo predial sobre la propiedad inmueble." Por: José Alejandro Arévalo De acuerdo con nuestra Constitución política, el sistema tributario guatemalteco debe ser justo y equitativo, para cuyo efecto las leyes tributarias deben estructurarse conforme al principio de capacidad de pago. Bajo este principio constitucional, quien más tiene es quien más puede contribuir al sostenimiento del Estado; es decir, para favorecer la gobernabilidad y estabilidad social (seguridad y justicia), a la movilidad social y al desarrollo humano intergeneracional (salud y educación). Estados Unidos de América, la Unión Europea y la mayoría de países desarrollados tienen en común que una fuente primordial de financiamiento de los gobiernos locales consiste en cobrar un tributo predial, territorial o sobre la propiedad inmueble, que aquí conocemos como IUSI (Impuesto Único sobre Inmuebles). Desde 1995 el Gobierno central ha venido descentralizado la administración del IUSI trasladándolo a las Municipalidad del país. Este impuesto que beneficia a los gobiernos locales a nivel municipal tiene un potencial inmenso debido a la subvaluación generalizada de los inmuebles. Son los grandes propietarios inmobiliarios quienes más subvalorados tienen sus inmuebles, mientras la mayoría de la población paga correctamente; por ejemplo, quienes obtienen un crédito bancario asegurado por el FHA no tienen otra opción que registrar la compra-venta al valor real mientras otros, que compran en efectivo, inscriben las compra-ventas en precios desproporcionadamente ínfimos para eludir el pago de impuestos. En la mayoría de países no se toleran discrepancias entre los valores declarados y registrados para efectos de propiedad, compra-venta de inmuebles, de crédito bancario y fiscal, porque cuando se necesita adquirir un inmueble por razones de interés público el Estado no puede indemnizar al propietario por encima del valor registrado, así como tampoco fiscalmente se aceptan depreciaciones calculadas sobre montos que excedan a los valores registrados. El Manual de Avalúos, aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas, establece para el ámbito urbano las tablas de valores de zonas homogéneas toman en cuenta características físicas y económicas, encontrando diferencias y semejanzas por zona, sector, calle y avenida, determinadas por factores como ubicación, ancho y revestimiento de calles, banquetas, arriates, parques, servicios (agua, luz, teléfono, drenajes, áreas verdes, etcétera), cercanía a estaciones de bomberos, Policía, cuarteles, etcétera, así como los precios por metro cuadrado de las ventas potenciales (oferta y demanda) y compra-ventas reales de los inmuebles. Ahora corresponde a los municipios del país empezar a aplicar este manual, que les permitirá ser más justos en el cobro y beneficiar a sus habitantes. Fuente: El Periódico "Opinión"
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